Cómo puedes obtener el CURP Temporal para repatriados y refugiados

La CURP temporal para repatriados será expedida en 11 puntos de repatriación y 6 aeropuertos de México , también los refugiados podrán acceder a ella.

Andrea Suárez
Noticias
CURP Temporal.jpg

El CURP temporal tiene como fin proveer documentos que sirvan como mecanismo de identificación a los connacionales repatriados, así lo informó el Gobierno de México.

La Clave única de Registro de Población (CURP) temporal ayudará al gobierno tener un registro de la población mexicana repatriada de los Estados Unidos, beneficiando a los mismos para realizar trámites y gestiones que realizan en la búsqueda de ejercer sus derechos a su regreso.

Asimismo, con este registro las personas podrán acceder a sus derechos de salud, educación, movilidad, empleo y servicios bancarios. También servirá para aquellos que no cuenten con un acta de nacimiento.

PODRÍA INTERESARTE: Realizan jornada de subsidios fiscales en Benito Juárez

¿Dónde puedo tramitar mi CURP Temporal?

De acuerdo con el subsecretario de Gobernación, explicó que los repatriados podrán tramitar su CURP temporal en los módulos de recepción del Instituto Nacional de Migración (INM) ubicados en 11 puntos distribuidos en Ciudad Juárez, Ciudad Acuña y Tijuana, y en seis aeropuertos al interior de la República.

A partir del 3 de noviembre, podrá ser tramitada en Mexicali, Ojinaga y Piedras Negras. Desde el 16 de noviembre, en San Luis Río Colorado, Nogales, Reynosa, Matamoros y Nuevo Laredo.

Y se espera que para el 30 de noviembre de 2021 se inicie con la entrega de cédulas en los seis aeropuertos donde opera el Procedimiento de Repatriación al Interior de México.

Más de 200 mil mexicanos repatriados de Estados Unidos podrán acceder a la CURP temporal por un período no mayor a los 365 días naturales, así lo señaló el subsecretario.

Los refugiados también podrán adquirir su CURP Temporal

En el caso de los extranjeros, que soliciten refugio y protección complementaria, la CURP se asignará a través de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar), esto posterior a la obtención de la Constancia de Trámite respecto de la notificación de admisión a la solicitud de la condición de refugiado.

“La CURP asignada tendrá carácter temporal, por un período no mayor a los 180 días naturales, prorrogables por una única ocasión por un período igual, hasta en tanto la Comar resuelva el procedimiento respectivo, a través de la expedición del documento correspondiente, en el que se reconoce la condición de refugiado o se otorgó protección complementaria”, expresó el Subsecretario de Gobernación.

La CURP temporal para extranjeros tendrá la clave alfanumérica, nombre de la persona, fotografía, código QR, fecha de vigencia, tipo de trámite y código de barras.

¡No te pierdas nuestro contenido, sigue a TV Azteca Quintana Roo en Google News!
DISFRUTA LA SEÑAL DE TV AZTECA
Contenido relacionado
×