Siguen las reformas a la Ley Federal del Trabajo con la finalidad de mejorar la vida laboral de los mexicanos dentro de las empresas, tal como ocurrió con las “vacaciones dignas” y la propuesta de reducir la jornada laboral. Ahora hay una nueva iniciativa que busca doble aguinaldo en el mes de diciembre y esto es lo que debes saber.
El aguinaldo es una prestación que recompensa el esfuerzo que el empleado ha dado durante los 365 días del año, misma que suele ser el pago más esperado del mes de diciembre, fecha en la que se paga, sin embargo, ahora se sugiere el pago doble de dicha prestación y podrá beneficiar a estos trabajadores.
¿De qué trata la iniciativa del doble aguinaldo?
Esta iniciativa de reforma impulsada en la Cámara de Diputados, tiene la intención de aumentar el periodo de aguinaldo de los trabajadores del sector privado del país.
Actualmente en la Ley Federal del Trabajo en su artículo 87 se tiene estipulado el pago de 15 días de sueldo, pero esto puede cambiar a 30 días de ser aprobada dicha reforma.
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¿Quién propuso la iniciativa del doble aguinaldo?
Fue el pasado 9 de agosto cuando el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo propuso un proyecto de reforma que busca “aumentar el aguinaldo para los trabajadores del sector privado de 15 a 30 días, el doble del mínimo legal”, expresó.
Cabe destacar que de modificarse el artículo 87 de la LFT, se podría aproximar entonces el aguinaldo de los trabajadores del sector privado a la cifra que reciben los servidores del Estado que es de 40 días de sueldo el aguinaldo.
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¿Cuándo se debe de pagar el aguinaldo?
Todos los trabajadores mexicanos tienen derecho a recibir cada año desde hace más de 50 años, un pago denominado como ‘aguinaldo’ que corresponde a 15 días de salario, mismo que se debe de otorgar al colaborador antes del 20 de diciembre como mínimo.
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¿Es posible que aumente el aguinaldo?
De momento, la iniciativa de reforma al artículo 87 de la LFT sigue siendo una propuesta. Debe esperarse a que sea analizada por la Cámara de Diputados para su eventual aprobación y posterior a ello, debe de pasar a manos del Senado para su autorización final.
Por último, para que la reforma entre en vigor deberá de ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).