El Himno Nacional de México es considerado como uno de los más hermosos del mundo por su letra y música, además de ello, es parte fundamental por de la identidad de la patria. Sin embargo, ha sufrido modificaciones, pues dos de sus estrofas fueron prohibidas. Conoce cuáles son y qué sanción podrías tener si la cantas.
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Recientemente del tema volvió a surgir en las redes sociales, esto después de que la actriz Laura Zapata cantara una de dichas estrofas a lo que muchos en redes sociales quedaron sorprendidos y se preguntaron si iba a tener sanción.
Himno Nacional de México y sus dos estrofas prohibidas
El Himno Nacional Mexicano originalmente tenía 10 estrofas, pero actualmente solo se cantan 8. Las dos estrofas que fueron eliminadas son la IV y la VII, las cuales estaban dedicadas a dos figuras históricas controvertidas.
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La estrofa IV era un homenaje a Antonio López de Santa Anna, quien fue presidente de México durante el siglo XIX. Algunos lo consideraban como un héroe nacional, mientras que otros figuraban como un dictador, razón por la cual fue eliminado del Himno.
“Del Guerrero inmortal de Zempoala
te defienda la espada terrible,
y sostiene su brazo invencible
tu sagrado pendón tricolor.
Él será el feliz mexicano
en la paz y en la guerra el caudillo,
porque él supo sus armas, de brillo,
circundar en los campos de honor”
Por su parte, la estrofa VII, estaba dedicada a Agustin de Iturbide, el primer emperador de México, considerado por muchos como un traidor,
“Si a la lid contra hueste enemiga
nos convoca la trompa guerrera,
de Iturbide la sacra bandera
¡Mexicanos!, valientes seguid.
Y a los fieros bridones les sirvan
las vencidas hazañas de alfombra;
los laureles del triunfo den sombra
a la frente del bravo Adalid”
¿Pueden sancionar si cantas las estrofas prohibidas del himno de México?
Fue en 1942, el gobierno mexicano eliminó dos estrofas del Himno Nacional que hacían referencia a Santa Anna y Agustín de Iturbide, debido a sus connotaciones imperialistas.
De acuerdo a la ley, el Código Penal Federal, en sus artículos 191 y 192, establece que cualquier alteración o uso indebido del Himno Nacional, la Bandera o el Escudo puede ser castigado con prisión de tres días a un año o una multa de hasta 20 mil pesos.
Asimismo, señala que las infracciones pueden ser sancionadas con multas de hasta 10 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y arrestos de hasta 36 horas.
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